La disposición 240 del Código Penal en California es la norma que prohíbe una conducta ilícita conocida como asalto, que tiene lugar cuando un individuo de manera voluntaria realice sobre otro una actividad que resultará en hacer uso de la fuerza, siempre que se trate de una acción en la que un sujeto razonablemente se daría cuenta que tal acto implicaría ejercer la fuerza sobre otro. Un elemento importante para que un sujeto sea encontrado responsable por esta conducta ilícita, tiene que tener la capacidad actual de usar una fuerza, siempre que no haya actuado en su propia defensa, o en la defensa de otro individuo. Los asaltos simples son calificados como hechos punibles menores, y una condena puede resultar en 6 meses de cárcel y una multa judicial que puede alcanzar los $1.000.
¿Cómo conseguir los consejos legales necesarios?
En Orange County CA, estas conductas se investigan y se sancionan con bastante severidad, así que usted no debe caer en el error de pensar que una acusación de esta clase carece de importancia, porque las repercusiones que pueden tener en su vida resultará muy serias, como tener que pasar un lapso de cárcel, costosas multas judiciales, unos antecedentes criminales que puede hacerle cuesta arriba cualquier mejora en su vida futura en el aspecto social, profesional o personal, y va a necesitas los consejos legales de abogados criminalistas especializados, como los de Orange County Criminal Defense, que tengan la capacidad y la experiencia de hacer un examen de la manera en que ocurrieron los hechos y encontrar los argumentos defensivos con los que sea posible minimizar los efectos de una acusación de esta clase, e incluso encontrar la justificación legal que haga que la misma sea desestimada por una corte, lo que representaría un absoluto beneficio para usted, así que no dude en comunicarse con nuestra firma legal lo más pronto posible.
¿Qué es lo que prohíbe la disposición 240 PC?
Básicamente, lo que se encuentra prohibido en la disposición 240 PC es que un sujeto realice de manera voluntaria cualquier actividad que conlleve a la utilización de una fuerza física sobre otro, siendo consciente de cuáles son las circunstancias y los efectos de la misma. Esto es, que cualquier sujeto de forma razonable sabría que llevar a cabo esta actividad, resultaría en aplicar fuerza sin una justificación legítima sobre otro.
¿Cómo está definida la conducta ilícita de Asalto en el artículo 240 PC?
Para que se configure la conducta de asalto simple y que el imputado sea declarado responsable de la misma, la Fiscalía debe probar más allá de toda duda que razonablemente podría presentarse en un sujeto normal que el procesado: llevó a cabo una actividad que, debido a su naturaleza, implica aplicar la fuerza en perjuicio de otro individuo; que tal actividad de realizada voluntariamente; que al momento en que la fuerza se empleó, el procesado tenía la capacidad actual para ejercerla; y el perpetrador podría representarse mentalmente que su actividad significaría aplicar la fuerza en perjuicio de otro. Esto es, que el imputado necesariamente tenía la capacidad real para utilizar su fuerza mientras llevaba a cabo la acción. Otro elemento importante, es que no debe existir una justificación legítima para su actividad, lo que significa que el imputado no estaba defendiéndose legítimamente o estaba defendiendo a otra persona.
Pensemos en el caso de un jugador profesional de fútbol, de nombre Jonas. En la celebración de un encuentro deportivo, viene el momento en el que tiene que detener a un jugador del otro equipo, de nombre David, y justo en ese instante, es agitada una bandera que señala que se produjo una penalidad, por lo que cualquier jugada debe interrumpirse, de modo que Jonas no debe tacklear a David. No obstante, Jonas taclea a David, dejándolo aturdido, cayendo hacia atrás y rompiéndose la pelvis. Se llama a los funcionarios policiales presentes en el campo y Jona es arrestado por asalto, con base en la disposición 240 PC. Jonas declara que sólo estaba jugando al fútbol. ¿Debería ser declarado responsable?
En conclusión, Jonas tackleó a David, teniendo claramente la capacidad actual para ejercer la fuerza sobre él, esto es, sabía que su acción de abalanzarse sobre David resultaría en utilizar la fuerza sobre éste, debido a que se estaban enfrentando en un partido. Pero el caso es que, aunque las reglas del fútbol permiten que se cometan asaltos en perjuicio de los jugadores del equipo contrario, en este caso Jonas lo ejecutó sin justificación legítima. Ello, porque después de haberse agitado la bandera que señalaba una falta, toda actividad debió haber cesado, de modo que Jonas podría ser declarado responsable de asalto simple.
¿Cuáles son las sanciones que se aplican por una acusación de asalto simple?
Como antes hemos indicado, un asalto simple se trata de una conducta que califica como un hecho punible menor, de modo que si el imputado es encontrado responsable por el hecho punible previsto en el artículo 240 PC, se enfrentará a las siguientes penas:
- Cárcel que puede llegar a los 6 meses,
- Multas judiciales que pueden llegar a un máximo de $ 1.000,
- Una combinación de ambas.
¿Cuáles son las estrategias de defensa que se pueden utilizar para impugnar una acusación de asalto en California?
Es importante enfatizar que la selección de la estrategia de defensa que debe emplearse en cada caso debe ser escogida por abogados especializados en derecho criminal, con la experiencia necesaria en conductas ilícitas como asalto, porque los argumentos defensivos van a depender de las características concretas de cada caso, de manera que no todas las estrategias tendrán los mismos efectos frente a todas las acusaciones, no obstante, podemos señalar que existen 4 argumentos defensivos que típicamente se emplean frente a esos supuestos, que son:
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La legítima defensa propia o de un tercero
En medio de una celebración en un establecimiento nocturno, Charlie que está tomando con amigos nota que John está teniendo una conducta inapropiada, que podría ser calificada como acoso, en perjuicio de Jenny, ella se queja y le grita que la está tocando de manera grosera e inapropiada. Charlie le pide a John que cese en su conducta, pero John se rehúsa a comportarse de esa forma con Jenny. Entonces Charlie nota que John no deja tranquila a Jenny, y decide que la mejor forma de que deje de comportarse de esa manera es intimidándolo. Así que lo amenaza con propinarle un puñetazo, levantando su mano y formando un puño. Entonces John sale a la calle y se encuentra con un agente policial y denuncia a Charlie de asalto, con base en el artículo 240 PC.
Con relación a si Charlie debería ser encontrado responsable o no de esta conducta ilícita se deben analizar los hechos. Charlie llevó a cabo su actividad voluntariamente, que seguramente resultaría en usar la fuerza en perjuicio de John, cuando levantó su puño para amenazar con propinarle un golpe a John, y conocía efectivamente que su actividad conduciría a utilizar la violencia en contra de John. Como John fue víctima de una intimidación proveniente de Charlie, tenemos que también era capaz de haberlo golpeado. Pero, Charlie estaba tratando de proteger a Jenny de las atenciones inoportunas y groseras que procedían de John, lo que incluyó ser tocada de forma ofensiva o grosera. En este supuesto, Charlie debería ser declarado inocente, porque John no dejó se comportarsete de manera inapropiada, hasta que fue amenazado con un acto de fuerza, además, Charlie no hizo uso de más que la fuerza que fue necesaria, por el tiempo que era requerido, para impedir a John seguir acosando a Jenny. De manera que, legalmente, Charlie actuó en legítima defensa de Jenny.
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El imputado no tuvo la capacidad necesaria para poder emplear la fuerza al momento de los hechos
Mientras George está caminando por la acera de una vía pública, por el otro extremo de la misma aparece caminando su enemiga Diana, quien viene en dirección opuesta. George decide ignorar la presencia de Diana, pero ella si lo nota y le sirve para atraer su atención, y le hace señas de que lo va a golpear con su puño, mientras lo está mirando con una expresión adusta. George teme que Diana se decida a cruzar la calle y llegar hasta él para golpearlo. Entonces George se da cuenta de que justo detrás de él se encuentra una patrulla policial y le pide a los policías que detengan a Diana, por haber violado lo dispuesto en el artículo 240 PC, debido a la amenaza proferida.
Para determinar si Diana debe ser declarada responsable de esta conducta ilícita, hay que examinar los hechos. Diana voluntariamente le hizo señas a George, amenazándolo con un puño, lo que le hizo pensar que haría el uso de la fuerza en su contra, como un resultado probable y directo de su conducta en contra de George, a quien considera su enemigo. No hubo una justificación legítima para que Diana llevará a cabo esa acción, aunque se encontraba en el otro extremo de la vía al momento de realizar su acción. Ahora bien, en ese momento, Diana estaba muy lejos, así que en una mentalidad sensata no podría asumirse que tendría la capacidad actual para llevar a cabo su amenaza, de modo que Diana no podía ser declarada responsable de asalto simple.
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El imputado actuó sin intención
En este escenario, Theodor es un ciclista que está en una competición organizada en California. En una parte de trayecto, Theodor tiene que conducir la bicicleta a través de una calle angosta, en una comunidad, momento que es aprovechado por otro ciclista competidor que viene detrás de él, para sacar a Theodor de la vía, quien por pura casualidad no cae al piso, pero choca violentamente con un peatón que observaba la carrera. El peatón denuncia a Theodor por haber sido víctima de un asalto perpetrado por Theodor, con base en el artículo 240 PC.
Vemos los hechos. Ciertamente Theodor dirigió su bicicleta hacia el peatón, sin que existiera una razón legal para ello, atropellándolo con su actividad, de modo que no estaba ejerciendo una defensa legítima, aunque razonablemente debe suponerse que Theodor estaba consciente de que existían peatones que estaban presenciando la competición, pero el hecho actual es que no estaba dirigiendo conscientemente la bicicleta hacia nadie, sino que se vio forzado a salir de la vía por causa de la maniobra de otro competidor que quiso sacarlo de la vía, esto es, que su acción fue involuntaria y no le quedó más remedio que impactar en contra de los espectadores. Por consecuencia, Theodor no podría ser declarado responsable de ejecutar una agresión simple, porque su acto no fue voluntario
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Las falsas acusaciones
Supongamos que Ryan mantiene una relación amorosa con Vivian, pero ha decidido terminarla, el problema es que la ruptura terminó bastante mal. Vivian descubre que Ryan quiere terminar con ella porque está enamorado de otra mujer, y decide vengarse poniendo una denuncia en contra de Ryan por asalto, aunque ella sabe que ese incidente nunca tuvo lugar. Los agentes policiales detienen a Ryan debido a la denuncia de Vivian, con base en el artículo 240 PC.
En este escenario, Ryan no debería ser declarado responsable de haber llevado a cabo una conducta de asalto, porque tal acto nunca ocurrió, y será trabajo de los abogados defensores de Ryan alegar la inexistencia de evidencias suficientes en su contra, demostrando la verdadera motivación de Vivian para denunciarlo, como venganza o celos, con las evidencias pertinentes. Nadie puede ser declarado culpable por una conducta ilícita que no llevó a cabo.
La Agresión
Según el artículo 242 PC, una agresión consiste en usar ilegal e intencionalmente la fuerza en perjuicio de otro individuo. Una actividad se realiza a propósito o de manera voluntaria cuando se hace con intención. Llevar a cabo una actividad voluntaria no requiere que el objetivo del sujeto haya sido violar las leyes, o causar daños a otros u obtener un beneficio. La relación de la agresión con la conducta ilícita de asalto es que cuando un asalto se completa con un toque físico, llega a convertirse en una agresión. En caso de que se dicte una sentencia de condena, las sanciones que se pueden imponer por agresión pueden ser:
- Cárcel hasta por un período de 6 meses.
- Multas judiciales que pueden alcanzar los $1.000.
- Una combinación de ambas.
La Fiscalía en este escenario, tiene la obligación de probar por encima de toda duda que sea razonable, que el imputado actuó deliberadamente de forma insultante u ofensiva, con el propósito de violar las leyes.
Asalto empleando un arma considerada mortal
Según lo dispuesto en el artículo 245(a) literal (1), esta conducta consiste en asaltar a otro individuo empleando un arma calificada como moral, siempre que no se trata de armas de fuego, así como que un sujeto asaltó a otro individuo empleando una cantidad de fuerza de la que posiblemente resulten lesiones físicas graves. En función de las características concretas de los hechos, la representación fiscal puede presentar una acusación como felonía o como hecho punible menor, por lo que esta conducta constituye un wobbler. Este tipo de asalto empleando armas calificadas como mortales es parecido a una agresión, debido a que en las dos, es necesario usar un arma potencialmente mortal o usar la fuerza, lo que puede ocasionar graves lesiones físicas.
Cuáles son las instrucciones que se le dan a un jurado en una corte penal en California cuando el cargo es por asalto empleando armas mortales
La instrucción principal es que la representación de la Fiscalía debe demostrar por encima de cualquier duda que sea razonable, para declarar responsable a un imputado por el hecho ilícito previsto en el artículo 245(a) literal (1) que:
- El acusado asaltó a otro individuo empleando armas letales, siempre que no hayan sido armas de fuego, o que hizo uso de una fuerza que ocasionó lesiones físicas graves.
- El imputado llevó a cabo su actividad voluntariamente.
- El imputado conocía que sus actos conllevarían a usar la fuerza sobre otro, tal como lo habría sabido un individuo razonable.
Es posible emplear una fuerza que puede ocasionar lesiones físicas graves, o haber atacado a otro, sin estar llevando a cabo una defensa propia, así como estar defendiendo a un tercero.
Crear disturbios
Según el artículo 415 PC, cualquier individuo que se pelee de manera ilegal, o que desafíe a otro individuo a pelearse en público, con el objetivo de perturbar al otro, de manera irracional, o que use palabras insultantes, con el propósito de provocar actos violentos en público, será acusado de crear disturbios. Se trata de una actividad que se puede ejecutar en un escenario en el que está ocurriendo un asalto, los dos cargos podrían ser imputados en un mismo procedimiento. Las sanciones que se imponen conforme al hecho punible previsto en el artículo 415 PC son:
- Cárcel por 90 días.
- Multa judicial que puede ascender a $400.
¿Qué instrucciones se dan a un jurado penal en estos escenarios?
La representación fiscal tiene la obligación de probar que el imputado es responsable de ocasionar una pelea (415(1) PC), causar perturbaciones irracionales, (415(2) PC), o conductas desordenadas o utilizar lenguaje ofensivo (415(3) PC), cuando:
- El imputado se peleó de manera ilegal, o que desafió a otro a pelearse.
- La confrontación se llevó a cabo en un edificio o sitio público.
Asaltar a funcionarios públicos
Esta conducta se entiende ejecutada cuando la víctima es funcionario público, definición que incluye muchos cargos, comenzando por el presidente del país hasta un miembro de un jurado, o su familia inmediata, sufre una agresión, y está regulada en la disposición 217.1 subsección (a) PC. Se trata de que las víctimas son individuos que por razón del ejercicio de sus funciones, se encuentran especialmente protegidos por las leyes, cuya regulación se encuentra en los artículos 830.1 PC y el 830.5 PC. Esta conducta ilícita es un wobbler, así que puede ser procesado como hecho ilícito menor o como felonía y se vincula con el hecho punible de asalto, en función de que nos referimos al mismo crimen cuya calificación cambia en función del sujeto perjudicado con la conducta. Pero resulta importante resaltar que la motivación de esta clase de hecho ilícito debe ser como venganza por una acción realizada por causa de las actividades normales derivadas del cargo o con la finalidad de impedir que el funcionario lleve a cabo sus deberes habituales.
Las sanciones que se aplican en caso de felonía, son:
- Cárcel por un máximo de 3 años.
- Multas judiciales que pueden ascender a los $10.000.
Respecto a las instrucciones que se dan a un jurado penal en este tipo de acusaciones
La representación fiscal tiene que demostrar los siguientes elementos:
- El imputado agredió a uno de los funcionarios protegidos por las normas antes enumeradas.
- La acción se llevó a cabo en venganza por los actos que el funcionario realizó en ejercicio de las actividades ejecutadas en razón de su cargo, o con el propósito de evitar que cumpla con las mismas.
Asalto empleando sustancias químicas cáusticas
El que de forma maliciosa e intencionadamente ponga o tire, o que haya hecho que se ponga o se tire una sustancia del tipo químico cáustico por su naturaleza, sustancias inflamables, ácidos corrosivos o vitriolo, con el propósito de ocasionar daños físicos o desfigurar a otro individuo será acusado por esta conducta ilícita, que se encuentra regulada en el artículo 244 PC. Las sanciones que se pueden aplicar en estos escenarios, son:
- Cárcel hasta por un máximo de 4 años.
- Multas judiciales cuyo monto puede ascender a $10.000.
¿Qué instrucciones dan al jurado penal en esta clase de acusaciones?
La representación fiscal tiene que demostrar los siguientes elementos:
- Fue el imputado quien puso o lanzó, o causó que se pusiera o se lanzará la sustancia química cáustica hacia otro individuo.
- Que su actividad fue intencional y consciente, de modo que se trató de una actividad planificada.
- El propósito final fue causar lesiones físicas o desfigurar a la víctima.
- La actividad no se ejecutó en propia defensa o en la defensa de un tercero.
Lanzamiento de objetos a autos que están en movimiento
Según el artículo 23110 del Código Vehicular, lanzar un objeto a un auto en movimiento es un hecho ilícito, y se configura cuando un individuo lanza una sustancia o un objeto a un auto que se está desplazando en una vía pública. Es posible para la Fiscalía pueda escoger entre presentar una acusación por asalto según el Código Penal o acusar directamente por lanzamiento de objetos a autos en movimiento, según la regulación del Código Vehicular.
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En Orange County CA, ser acusado de asalto es algo que no debe ser considerado a la ligera, por los nefastos efectos que ello puede producir, de modo que necesita los consejos legales de abogados criminalistas especializados, como los de Orange County Criminal Defense, quienes tienen la capacidad de analizar los hechos y encontrar los argumentos defensivos apropiados para disminuir la acusación, e incluso, encontrar la justificación legal para la desestimación de la acusación en su contra.
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