Si actualmente enfrenta cargos por un delito sexual en Orange County, debe encontrar a un abogado competente para que ejerza su defensa en el proceso judicial. Los jueces y fiscales del estado de California suelen ser estrictos al procesar a los perpetradores de delitos sexuales. Por lo que puede enfrentar sanciones severas si es declarado culpable, pero un abogado defensor competente no descansará hasta que alcance un resultado positivo, lo cual puede consistir en la reducción o desestimación de sus cargos.
En Orange County Criminal Defense, podemos ayudarlo a elaborar una defensa sólida para combatir sus cargos por este tipo de delitos. Entre las acusaciones por delitos sexuales, se encuentran el estupro, abuso sexual, prostitución, entre otros. Si ha sido acusado por cualquiera de estos, debe contactarnos inmediatamente para recibir ayuda.
¿Qué son los delitos sexuales?
Una serie de delitos forman parte de la categoría de delitos sexuales. Una gran cantidad de estos implican la realización de actividad sexual ilícita mediante el empleo de fuerza. En este artículo, abarcaremos la normativa sobre delitos sexuales, sus sanciones y las posibles estrategias defensivas que puede utilizar para combatir los cargos.
¿Cuáles son los tipos de delitos sexuales?
- Violación. Artículo 261 PC. Esta disposición prohíbe a violación, la cual consiste en el empleo de fraude, amenazas o fuerza para mantener relaciones sexuales no consensuadas con alguien más. En el estado de California, la violación es considerada una felonía y una condena acarrea una pena máxima de 8 años de prisión estatal. Además, los condenados están obligados a registrarse como delincuentes sexuales de por vida.
Esta disposición detalla los actos que constituyen una violación, los cuales incluyen mantener relaciones sexuales no consensuadas con otra persona mientras que esta se encuentra inconsciente durante el acto o en estado de ebriedad, ya que no es posible prestar un consentimiento válido estando ebrio. Además, incluye los casos en los cuales la víctima tiene un trastorno mental, está bajo coacción, o el perpetrador utiliza violencia o fuerza para mantener relaciones sexuales con ella.
Algunos ejemplos de casos de violación son tener sexo con una mujer que padece una discapacidad intelectual, amenazar a una mujer con matarla si esta se resiste a tener relaciones sexuales con usted, o amenazar a un hombre con herir a sus familiares si no tiene relaciones sexuales con usted.
¿Cómo puede defenderse?
Los sospechosos de violación pueden combatir las acusaciones en su contra con ciertos argumentos defensivos, los cuales dependen del caso concentro. Estos incluyen alegar la falsedad de las acusaciones, no haber mantenido relaciones sexuales o haber tenido el consentimiento del denunciante para tener sexo.
¿Cuáles son sus sanciones?
De conformidad con el artículo 264 PC, la violación es una felonía en el estado de California. Si es declarado culpable, las sanciones posibles incluyen libertad condicional formal y un encarcelamiento en prisión estatal por un periodo no mayor a 8 años.
- Estupro. Artículo 261.5 PC. Este delito consiste en mantener relaciones sexuales con un menor de edad, independientemente de su edad. De conformidad con la ley de California, un menor de edad es toda persona que tenga menos de 18 años. Cabe destacar que puede enfrentar cargos por este delito, aunque el menor haya consentido el acto sexual o iniciado el mismo.
Este delito se considera un wobbler, lo cual significa que puede ser acusado por delito menor o felonía. Sin embargo, la ley lo exonera de enfrentar cargos si usted y el menor en cuestión estaban casados legalmente cuando tuvo lugar el acto sexual. Por otra parte, la legislación de California establece como edad mínima de consentimiento sexual los 18 años. A diferencia de muchos otros estados, en este no existen excepciones a esta norma.
Algunos ejemplos de situaciones que pueden considerarse estupro, son las siguientes:
- Adriana de 16 años de edad mantiene relaciones sexuales con su novio, Diego; quien tiene 18 años de edad.
- Un profesor universitario de 35 años de edad tiene un encuentro sexual con una adolescente de 17 años de edad.
- Una estudiante de secundaria de 19 años tiene un contacto sexual con un estudiante de 16 años de edad.
Al igual que con los otros delitos, alguien puede acusarlo de estupro debido a rencor, un malentendido, venganza o celos. En otros casos, las acusaciones de estupro derivan de arrestos indebidos, equivocación de identidad o falsas acusaciones.
¿Cuáles son sus sanciones?
En el estado de California, el estupro es un wobbler; lo cual significa que la fiscalía está facultada para imputar cargos por delito menor o felonía, con base en una serie de factores. Estos incluyen la diferencia de edad entre el menor y el acusado, ya que si usted tiene 21 años de edad o más y la víctima tiene 16 años de edad o menos, las posibles sanciones pueden ser severas e incluyen una pena máxima de 4 años de prisión estatal.
¿Cómo puede defenderse?
Buscar la asesoría de un abogado penalista es esencial, ya que puede incrementar sus posibilidades de lograr una reducción o desestimación de los cargos. Este profesional podrá evaluar cuáles argumentos defensivos son más adecuados para alcanzar este resultado. Algunos de estos incluyen alegar que no mantuvo relaciones sexuales con el menor o tenía una creencia razonable de que la víctima era mayor a 18 años de edad.
- Agresión sexual. Artículo 243.4 PC. Consiste en tocar las partes íntimas de alguien más sin su consentimiento. Para que el acusado sea condenado, el fiscal debe demostrar que realizó tal acto con el propósito de alcanzar excitación, satisfacción sexual, o cometer un abuso.
Este crimen es un wobbler, de modo que el fiscal puede imputare una felonía o delito menor. Si es declarado culpable, deberá cumplir hasta 4 años en la cárcel o prisión. Asimismo, un acusado puede ser condenado por felonía en los siguientes casos:
- Si retuvo ilegalmente a la víctima.
- Sí forzó a la víctima a masturbarse, tocar sus partes íntimas o las de alguien más.
- Si la víctima estaba internada por una discapacidad grave o incapacidad médica.
- Si el denunciante no estaba consciente de la naturaleza del acto y usted lo convenció de que lo tocara para fines profesionales; tales como terapia física o tratamiento médico.
En cambio, puede ser condenado por un delito menor si realizó lo siguiente:
- Convenció a un paciente con discapacidad mental que se encontraba internado, de masturbarse en frente de usted.
- Es un fisioterapeuta que convenció a su paciente de permitirle acariciar su seno desnudo para fines médicos.
- Sostuvo a alguien mientras desabrochaba sus pantalones y metía las manos en su ropa interior.
¿Cómo puede defenderse?
Entre las defensas que puede utilizar si enfrenta cargos por agresión sexual, destacan alegar la falsedad de las acusaciones, insuficiencia de evidencias, o haber contado con el consentimiento de la otra persona.
¿Cuáles son sus sanciones?
Si enfrenta cargos por agresión sexual como delito menor, puede enfrentar una pena de 6 meses o un año de cárcel, además de tener que pagar una multa máxima de $2.000. El juez decidirá el periodo de cárcel que deberá cumplir en función de las circunstancias del caso. Si la víctima era su empleada, le puede ser impuesta una multa hasta de $3.000.
Si es condenado por agresión sexual como felonía, es posible que deba cumplir una pena de prisión estatal de 2, 3 o 4 años, además de una máxima de $10.000. Adicionalmente, deberá registrarse como delincuente sexual independientemente de que sea condenado por delito menor o felonía. En este último caso, deberá registrarse como un delincuente sexual de tercer nivel de por vida. Mientras que, si es condenado por delito menor, deberá registrarse como un delincuente sexual de primer nivel por un mínimo de 10 años.
- Exposición indecente. Artículo 314 PC. Consiste en exponer deliberadamente sus partes íntimas o desnudez ante alguien más para molestar u ofenderlo. Este hecho punible es un delito menor que acarrea una pena máxima de 6 meses de cárcel y la obligación de registrarse como delincuente sexual por 10 años. Debido a que esta disposición prohíbe una amplia variedad de actos, puede comprender conductas que no parecen ilegales, por lo que usted puede sentir que se violan sus derechos si enfrenta cargos por este delito.
A pesar de que las normas sociales están en constante cambio, esta disposición no ha sido reformada. Algunos ejemplos de actos que pueden considerarse violaciones de la misma, incluyen exponer sus genitales a personas en un lugar público para ofenderlas, pararse en una esquina mostrando sus partes privadas a las personas que pasan para excitarse o exponer sus senos mientras los acariciaba en un lugar lleno de gente para satisfacer sexualmente a su cónyuge.
¿Cuáles son sus sanciones?
Si es condenado por primera vez, se considerará un delito menor, por el cual enfrenta una pena máxima de 6 meses de cárcel o una multa mínima de $1.000. Pero si es la segunda vez que comete el delito, pueden imputarle un cargo por felonía, el cual acarrea una pena de prisión estatal.
Además de las sanciones indicadas anteriormente, la condena lo obliga a registrarse como delincuente sexual de primer nivel por un periodo mínimo de 10 años.
¿Cómo puede defenderse?
Es fundamental que contrate a un abogado defensor que comprenda las distintas formas de defenderse contra cargos por exposición indecente. Entre los argumentos defensivos que su abogado puede presentar para que los cargos sean reducidos o desestimados, destacan haber sido víctima de un error de identidad, no haber sabido que las personas presentes podían ofenderse o no haber cometido el delito.
- Prostitución y solicitación. Artículo 647 (b) PC. Esta disposición prohíbe solicitar o involucrarse en actos de prostitución, los cuales consisten en el pago o aceptación de cualquier monto, bienes u objetos de valor a cambio de actos sexuales. Asimismo, este artículo aplica tanto a los clientes como a las prostitutas. En el estado de California, este es un delito menor que acarrea una pena máxima de 6 meses de cárcel y una multa no mayor a $1.000.
De conformidad con la ley de California, un “acto de prostitución” tiene lugar cuando un cliente y una prostituta realizan actos sexuales o lascivos. En este estado, los clientes generalmente se denominan “Johns” mientras que los intermediarios que vinculan a las prostitutas con los proxenetas se conocen como “proxenetas”. Estos últimos pueden ser arrestados por la violación del artículo 653.23 PC, el cual prohíbe supervisar o asistir a una prostituta. Así como también, por quebrantar los artículos 266 (h) y 266 (i) PC, los cuales prohíben obtener ganancias de la prostitución de otra persona y persuadir a alguien para que continue siendo o se convierta en una trabajadora sexual.
Cabe destacar que incurre en este delito, aunque la persona a la cual le ofrezca dinero a cambio de sexo no sea una prostituta. Algunos actos que pueden constituir prostitución, incluyen los siguientes:
- Un policía acepta que una mujer le practique sexo oral a cambio de no darle una multa de tránsito.
- Una mujer permite que un hombre que le ofrece dinero, acaricie sus senos.
- Un hombre le ofrece drogas a una mujer a cambio de que esta mantenga relaciones sexuales con él.
¿Cuáles son sus sanciones?
La solicitación y prostitución se imputa como un delito menor. Si es la primera vez que es condenado por este delito, sus posibles sanciones incluyen una multa máxima de $1.000 y una pena máxima de 6 meses de cárcel.
Debido a que la prostitución es un delito prioritario, el juez incrementa las sanciones con cada condena. Además, tanto los clientes como las trabajadoras sexuales pueden recibir sanciones adicionales si se encontraban a 1.000 pies o menos de una residencia o estaban en un vehículo cuando cometieron el delito. De ser declarado culpable, las sanciones incluyen la suspensión de su licencia de conducir por un periodo máximo de 6 meses.
Si bien una condena por este delito no acarrea un registro obligatorio como delincuente sexual, el juez está facultado para imponer dicho registro en ciertos casos. Sin embargo, los condenados rara vez son obligados a registrarse como delincuentes sexuales en el estado de California.
¿Cómo puede defenderse?
Aunque la defensa adecuada dependerá de las circunstancias específicas del caso, algunas de las más comunes son las siguientes:
- Error de hecho.
- Insuficiencia de evidencias.
- Ocurrencia de una trampa policial.
- Inexistencia de la intención de prostituirse.
- Conducta lasciva en público. Artículo 647 (a) PC. Consiste en tocar las partes íntimas, senos o glúteos de sí mismo o alguien más para una satisfacción sexual, estando presente personas que pudieran ofenderse. Conforme a la ley de California, este es un delito menor que es castigado con una pena máxima de 6 años de cárcel y una multa no mayor a $1.000. Para que el juez dicte una condena, la fiscalía debe probar por encima de la duda razonable, que usted cometió este delito con el propósito de satisfacer sexualmente a sí mismo o a alguien más; o para molestar a alguien.
Cabe destacar que la ley de California no prohíbe la actividad sexual que se realiza en público, por lo que únicamente estará cometiendo este delito si sabe que alguien más pudiera ofenderse al ver su actuación.
¿Cuáles son sus sanciones?
Como mencionamos anteriormente, se trata de un delito menor que acarrea una pena de 6 meses de cárcel o una multa no mayor a $1.000. En una gran cantidad de casos, el juez reduce este delito a un cargo menor. Por lo tanto, es posible que reciba una libertad condicional para delitos menores y no deba cumplir con una pena privativa de libertad. Además, no debe registrarse como delincuente sexual si es condenado por este delito, a excepción de que la policía impute cargos adicionales por exposición indecente y sea condenado por este último.
¿En qué consisten las operaciones encubiertas?
Muchos arrestos por conducta lasciva ocurren durante operaciones encubiertas, en las cuales los oficiales de policía se visten como civiles y se hacen pasar por hombres homosexuales en baños, tiendas de revistas para adultos y parques públicos. Tras lo cual, el policía encubierto intenta tentar a otro individuo a realizar un acto sexual. Una vez que este último propone un contacto sexual, se masturba o expone sus partes íntimas, es arrestado de inmediato.
Pero en algunos casos, la policía se extralimita y termina llevando a cabo una trampa policial. Muchos sospechosos arrestados durante operaciones encubiertas no realizan actos lascivos, sino que únicamente llevan a cabo un contacto visual con el oficial encubierto, el cual posteriormente intenta exagerar o mentir sobre lo ocurrido. Si esto le sucede, debe contratar a un abogado penalista que lo ayude a defenderse contra las acusaciones.
¿Cómo puede defenderse?
Existen varias defensas que puede utilizar para combatir las acusaciones, las cuales incluyen alegar que la policía incurrió en una falta o trampa policial, usted no realizó un acto sexual en un lugar público, tenía una creencia razonable de que no ofendería a alguien presente, no tocó sus partes íntimas para una satisfacción sexual o no tocó los genitales de alguien más.
- Actos lascivos con un menor. También conocido como abuso infantil, este delito está tipificado en el artículo 288 PC y consiste en tocar a un menor de 14 años de edad con fines sexuales. La fiscalía imputa este delito como una felonía, la cual acarrea una pena de prisión estatal de 3, 6 u 8 años. De conformidad con la ley de California, un “acto lascivo” debe ser entendido como tocar a un menor con fines sexuales o hacer que un menor se toque a sí mismo u otra persona con fines de gratificación sexual.
Aunque estos cargos aplican si la víctima es menor a 16 años de edad, una gran cantidad de casos involucran a menores de 14. Para que el acusado sea condenado, el fiscal debe demostrar que tocó una parte íntima de un menor. Cabe destacar que puede enfrentar cargos por este delito, aunque haya tocado al menor por encima de su ropa. Por otra parte, la ley no requiere que ocurra una excitación.
¿Cuáles son sus sanciones?
Las sanciones que impone el juez a los condenados por este delito dependen de ciertos factores, tales como; si la víctima es menor de 14 años de edad, la edad del acusado, y si éste empleó amenazas, coacción, fuerza o violencia para cometer el acto lascivo.
A continuación, describiremos las posibles sanciones previstas según las circunstancias del caso.
- Artículo 288 (a). Según esta disposición, si la víctima tiene menos de 14 años de edad, pero el acusado no empleó fuerza; será castigado con una pena de prisión de 3, 6 u 8 años, libertad condicional formal o una multa máxima de $10.000.
- Artículo 288 (b) (1) PC. Si la víctima tiene menos de 14 años de edad, pero el acusado empleó fuerza; el juez puede imponer una pena de 5, 8 o 10 años de prisión, además de obligarlo a pagar una multa no mayor a $10.000.
- Artículos 288(i) y 12022.8 PC. Si la víctima es menor a 14 años de edad y el acusado le causó un daño corporal grave, será sentenciado a cadena perpetua.
- Artículo 288 (c)(1) PC. Si la víctima tiene entre 14 y 15 años de edad y el acusado es 10 años mayor, le será impuesta una pena de prisión de 1, 2 o 3 años. Además de una multa máxima de $10.000, 1 año de cárcel y una multa no mayor a $1.000.
- Artículo 667.71 (b) PC. Si el acusado es considerado un delincuente sexual habitual, es posible que le sea impuesta una pena de 25 años de prisión si es declarado culpable.
- Artículo 288(b)(2). Si el acusado es un tutor o cuidador que obligó a la víctima a participar en un acto lascivo, será condenado a 5, 8 o 10 años de prisión estatal, además de una posible multa máxima de $10.000.
¿Cómo encontrar asesoría legal cerca de mí?
Si es acusado por un delito sexual, es crucial que contrate a un abogado con experiencia, quien puede desarrollar una estrategia defensiva sólida para ayudarlo a evitar las sanciones severas previstas en la legislación de California para los delitos de esta índole. En Orange County Criminal Defense; nuestros abogados tienen un amplio conocimiento de la ley, por lo que no debe dudar en contactarnos para una evaluación de su caso y conocer más sobre las opciones de defensa disponibles para el mismo.
Contacte a Orange County Criminal Defense para su primera consulta; llamando al 714-467-2772.